¿Puedo pagar la deuda de pensión en cuotas?

Sí, es posible, pero se necesita la voluntad de la otra parte, es decir, de quien demandó los alimentos (por ej., la madre o bien el hijo/a si es mayor de edad). Se debe firmar un acuerdo serio y suficiente, que debe cumplir con los requisitos legales de la nueva ley. 

En ello juega un papel importante la asesoría de un abogado, que se encarga de preparar debidamente el acuerdo para ser presentado al tribunal y así obtener la salida del Registro de Deudores.

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